Muchos autónomos y ex empresarios se encuentran con deudas personales importantes derivadas de negocios que no salieron adelante: avales bancarios, deudas con proveedores, deudas tributarias o préstamos personales utilizados para la actividad. La Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar estas deudas de forma definitiva y recuperar la libertad económica para poder emprender de nuevo o simplemente vivir sin la presión de deudas que no puedes asumir.
Sí. Un autónomo que sigue en activo puede acogerse al procedimiento si tiene deudas que no puede asumir. El objetivo puede ser cancelar deudas antiguas mientras se continúa con la actividad, estructurando el procedimiento para minimizar el impacto en la actividad en curso.
Sí, en parte. Con la reforma de 2022, es posible incluir las deudas con la Seguridad Social derivadas de la actividad autónoma en el procedimiento de Segunda Oportunidad, dentro de los límites establecidos por la ley.
La Ley de la Segunda Oportunidad está diseñada para personas físicas, no para personas jurídicas (sociedades). Sin embargo, si eres socio, administrador o avalista de la sociedad y tienes deudas personales derivadas de ella, sí puedes acogerte a título personal.