Cancela tus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad

En Martín Sáiz Abogados somos especialistas en Ley de la Segunda Oportunidad desde 2015. Hemos conseguido la exoneración total de deudas de particulares, familias y autónomos en toda España, con resultados acreditados ante los juzgados. Si tienes deudas que no puedes pagar, si te están embargando el sueldo o si el banco ha iniciado un proceso judicial contra ti, podemos ayudarte a empezar de cero.

¿Te encuentras en alguna de estas situaciones?

La Ley de la Segunda Oportunidad está pensada para personas y autónomos en situaciones como estas:

Si te identificas con alguna de estas situaciones, puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y cancelar tus deudas de forma legal.

Resultados reales. Publicados.

No prometemos lo que no hemos demostrado. Estos son algunos de los casos que hemos resuelto:

Exonerados
0 K €

Juzgado Mercantil nº 1 de Burgos.

Exonerados
0 K €

Juzgado Mercantil nº 3 de Murcia.

Exonerados
0 K €

Juzgado Mercantil nº 3 de Mallorca.

Exonerados
0 K €

Juzgado Mercantil nº 3 de Sevilla.

Exonerados
0 K €

Juzgado de Primera Instancia de Valladolid.

Exonerados
0 K €

Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante.

Puedes consultar los autos judiciales originales en la sección Casos Resueltos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, modificada por la Ley 16/2022) es un procedimiento judicial que permite a personas físicas  particulares y autónomos cancelar la totalidad o gran parte de sus deudas cuando se encuentran en una situación de insolvencia que
no pueden superar por sus propios medios. Permite empezar de cero sin que los acreedores puedan reclamarte las deudas exoneradas.

Sí. La Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI o EPI) puede alcanzar el 100% de las deudas exonerables, incluyendo deudas con bancos, préstamos personales, tarjetas de crédito, deudas con proveedores y, en determinados casos, parte de la deuda con Hacienda y la Seguridad Social. En Martín Sáiz Abogados contamos con numerosos casos de exoneración total acreditados por los juzgados.

El proceso dura habitualmente entre 3 y 9 meses desde la presentación del concurso hasta la obtención de la exoneración. El tiempo exacto depende del juzgado y de la complejidad del caso. Desde 2015 hemos tramitado casos en juzgados de toda España.

En muchos casos sí. Si puedes asumir la cuota hipotecaria, la vivienda habitual puede mantenerse. Además, la Ley 14/2022 establece una protección específica para la vivienda habitual de hasta 300 m². Analizamos cada caso individualmente para maximizar la protección
de tu patrimonio.

Sí. La Ley de la Segunda Oportunidad está diseñada tanto para particulares como para autónomos y ex empresarios. Si tuviste una empresa, la cerraste y te quedaron deudas personales derivadas del negocio, puedes acogerte al procedimiento y cancelarlas.